
PODER EJECUTIVO
En primer lugar, el Ejecutivo está formado por el
Presidente de la
República, los Vicepresidentes y los Ministros de Gobierno. Es decir, se
consagra constitucionalmente la pluripersonalidad de este poder según la
constitución política de 1949. art. 130. El presidente y los vicepresidentes
son elegidos simultáneamente y por una mayoría de votos que exceda el 40% del
número total de sufragios válidamente emitidos. Si esto no sucediera se hará
otra votación el primer domingo de abril del mismo año entre los dos
mayoritarios, quedando elegido en esta acción el que tenga mayoría de votos.

PODER LEGISLATIVO
Es unicameral. En primer lugar, se establece que el poder de
legislar reside en el pueblo, pero que éste lo delega por medio del sufragio en
la Asamblea Legislativa, anteriormente llamado Congreso Constitucional.
La Asamblea Legislativa está
compuesta por 57 diputados designados por cuatro años como representantes de
las 7 provincias en que está dividido el país. Son elegidos el mismo día de las
votaciones presidenciales. Quienes ejercen el cargo de diputado pueden ser
reelectos, pero no en períodos sucesivos.

PODER
JUDICIAL
Para ser diputado hay que ser mayor de 21 años, ser ciudadano
costarricense en ejercicio, ser costarricense por nacimiento o naturalizado,
con 10 años de residencia después de la naturalización y no haber sido diputado
en el período anterior.
Tiene la misión de sancionar a quienes infrigen las leyes, así
como de administrar justicia entre los ciudadanos. La Corte Suprema de
Justicia, como Tribunal Supremo del Poder Judicial, está integrada por 22
magistrados, elegidos por la Asamblea Legislativa por un periodo de 8 años. En
sus funciones tiene clara y total independencia de los otros poderes. Dependen
del Poder Judicial: la Policía Judicial (OIJ), el Ministerio Público
(Fiscalía), la Corte Suprema de Justicia y a la vez de ella dependen los
tribunales, funcionarios y empleados del ramo judicial.
El Poder Judicial está organizado
en tres ámbitos que dependen de lo Corte Suprema de Justicia y comprenden desde
la administración de la justicia, hasta el trabajo de todos sus empleados.
Estos ámbitos son: Ambito Judicial, ámbito auxiliar de justicia y ómbito
administrativo.